miércoles, 24 de junio de 2015
Registro es una dependencia de la Institución encargada de expedir a nombre de la Universidad los siguientes documentos establecidos en el artículo 78 del Reglamento Académico: copia fiel del expediente académico de un participante, calificaciones oficiales de un participante, certificación de títulos y diplomas, certificación de documentos entregados con fines académicos, certificación de estudio, record de notas y otros documentos que el Consejo Académico decidiere pueden ser otorgado por Registro.
Artículo 3. La Misión de Registro es garantizar la transparencia, idoneidad y seguridad en los procesos académicos bajo su responsabilidad concerniente a la trayectoria académica de los participantes, apegados a los valores éticos y morales.
Artículo 4. La Visión de Registro es ser un departamento modelo en eficiencia, eficacia y transparencia de sus procesos para la satisfacción plena de los participantes.
Artículo 5. El Departamento de Registro tiene como objetivos los siguientes:
1) Registrar y contabilizar los procesos académicos de los participantes durante su vida académica.
2) Conservar en óptimas condiciones la documentación académica de los participantes asegurando su integridad y confidencialidad.
3) Auditar los expedientes académicos de los participantes para garantizar el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el artículo 68 del Reglamento Académico.
4) Ofrecer servicios de calidad a la comunidad universitaria, eficientizando los procesos que se realizan en este departamento.
5) Garantizar la eficiencia y eficacia de los procesos de convalidaciones, validaciones y exoneraciones de acuerdo a lo establecido en el Capitulo XIV de Reglamento Académico.
6) Certificar los estudios realizados por los participantes en la Universidad.
7) Ofrecer información a las instancias correspondientes sobre los participantes retirados.
8) Garantizar una oferta académica acorde con las necesidades de los participantes en coordinación con las Direcciones de Escuelas y Coordinaciones de Escuelas de los Recintos
9) Expedir la documentación que validan los estudios realizados por los participantes y cualquier otra documentación propia de sus funciones
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